Newtral
El Rey no puede disolver las Cortes y convocar elecciones sin el refrendo del Gobierno o del presidente del Congreso
Siguiente

El Rey no puede disolver las Cortes y convocar elecciones sin el refrendo del Gobierno o del presidente del Congreso

La Constitución otorga a Felipe VI esa potestad, pero únicamente si sus acciones están refrendadas por el presidente del Gobierno o, en el caso de disolver las Cortes, por el presidente del Congreso de los Diputados.

Felipe VI | Chema Madoz (Efe)

En los últimos días nos ha llegado a través del servicio de verificación de WhatsApp (+34 627 28 08 15) de Newtral.es, y además se ha viralizado en las redes sociales, una imagen de Felipe VI acompañada de un mensaje en el que se asegura que el rey «puede convocar y disolver las cortes generales y convocar a elecciones en los términos previstos en la Constitución».

Esta afirmación es cierta, pero le falta contexto y puede llevar a engaño: los requisitos que se recogen en la Carta Magna obligan a que estas decisiones del monarca sean refrendadas previamente por el presidente del Gobierno o, en su defecto, por el presidente del Congreso.

Refrendar, el verbo clave

El Título II de la Constitución, de nombre «De la Corona», explica en su artículo 56 que los actos del rey «estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2″.

¿Y qué dice este artículo 64? Que las acciones del Monarca «serán refrendadas por el presidente del Gobierno y, en su caso, por los ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el presidente del Congreso».

Este mismo artículo 64, en su segundo punto, responsabiliza de los actos del rey a «las personas que los refrenden».

¿Y este artículo 99? Se encuentra en el Título IV de la Carta Magna, de nombre «del Gobierno y de la Administración» y regula los pasos parlamentarios para elegir a un presidente del Gobierno tras unas elecciones

En su punto 5 se habla de la «disolución» del Parlamento en el caso de no haber recibido ninguno de los candidatos propuestos para la presidencia del Gobierno la confianza de la mayoría simple de la Cámara. Ante esta situación, el rey «disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso«.

«El Rey es una figura meramente simbólica y sin capacidad de tomar decisiones políticas, que corresponden exclusivamente a las instituciones democráticamente electas», señala Jose Mateos Martínez, doctor europeo en Derecho Constitucional.

El jefe de Estado firma el decreto de convocatoria de elecciones, «pero el Rey no puede decidir si ese decreto de convocatoria se elabora o no, sino el presidente del Gobierno, y el Monarca se limitará a firmar el decreto que responde a la decisión de aquel, sin poder decidir si lo firma o no», añade.

Lo que sí puede elegir el Rey

Distribuir «libremente» la asignación que recibe la Casa Real de los presupuestos generales del Estado, una cantidad que en 2019 ascendió a 8,7 millones de euros, así como nombrar y relevar «a los miembros civiles y militares de su Casa» son las únicas decisiones que Felipe VI puede tomar sin la necesidad de que tengan que ser refrendadas, según el artículo 65.2 de la Constitución.

«La capacidad decisoria del Rey se ciñe a la gestión interna de la Casa Real y al contenido de su discurso de Navidad y de aquellos otros que, en el ámbito de sus funciones de arbitrio y moderación, desee dar en circunstancias extraordinarias. Puede hablar, pero no tomar decisiones políticas vinculantes«, aclara Mateos, quien también es profesor del Departamento de Fundamentos del Orden Jurídico y Constitucional de la Universidad de Murcia.

Resumen

El mensaje que transmite la imagen que hemos recibido es engañoso, ya que puede dar a entender que Felipe VI puede convocar elecciones o disolver las Cortes, cuando en realidad este tipo de decisiones necesitan, obligatoriamente, la firma del presidente del Gobierno o, en su defecto, del presidente del Congreso, como recoge la Carta Magna española

Fuentes:

Si escuchas lo que dice un político y crees que es mentira, o te llega algo que tiene pinta de ser un fake, escríbenos al +34 627 28 08 15 con tu consulta o pincha sobre el número si nos lees desde tu móvil para que lo verifiquemos por ti.

¿Quieres comentar?

Relacionados

Más vistos

Siguiente